Cuando un menor de edad comete un delito, el proceso judicial no se rige por el mismo sistema que el de los adultos. En España, los menores de 18 años están sujetos a la Ley Orgánica 5/2000 de Responsabilidad Penal del Menor (LORPM), una norma que busca reeducar y reinsertar, más que castigar.
La LORPM se aplica a quienes tienen entre 14 y 17 años en el momento de los hechos.
Si el menor tiene menos de 14 años, no puede ser declarado responsable penalmente; en ese caso, la Fiscalía lo comunica a los servicios sociales.
El proceso es más ágil y tiene una estructura adaptada a la edad del menor:
Instrucción: El Fiscal de Menores investiga los hechos y puede solicitar medidas cautelares (como la libertad vigilada o el internamiento).
Audiencia: Equivalente al juicio oral. Aquí el juez de menores escucha a las partes y decide si hubo delito.
Sentencia: El juez impone la medida que considere adecuada, no una pena en sentido estricto.
Las “penas” en el sistema de menores se llaman medidas judiciales, y buscan la educación y reinserción social. Algunas de las más frecuentes son:
Amonestación: una advertencia formal del juez.
Libertad vigilada: seguimiento del menor por un educador.
Prestaciones en beneficio de la comunidad.
Internamiento en centro de menores: abierto, semiabierto o cerrado, según la gravedad de los hechos.
Tareas socioeducativas o programas de formación.
En delitos graves (como robos con violencia o agresiones), el juez puede imponer internamiento cerrado durante un periodo de meses o años, seguido de libertad vigilada.
Aun así, el objetivo sigue siendo que el menor entienda las consecuencias y reconduzca su conducta, no únicamente sancionarlo.
La implicación familiar es clave: los padres o tutores suelen ser citados durante todo el procedimiento y participan en los programas de intervención.
El acompañamiento educativo y psicológico suele marcar la diferencia entre una medida efectiva y una recaída.
El sistema penal de menores no busca castigar, sino reeducar.
La justicia juvenil apuesta por la responsabilidad, la reparación del daño y la reinserción, adaptando cada medida a la situación del menor.
CMB Abogados
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