Cuando un trabajador es despedido, no siempre ese despido es legal. La ley prevé distintos tipos de despido en función de si la empresa ha actuado conforme a derecho o no. En este artículo te explicamos de forma sencilla la diferencia entre despido improcedente y despido nulo, así como las consecuencias que tiene cada uno.
Se considera despido improcedente cuando la empresa no puede acreditar una causa válida que justifique el despido o no ha cumplido los requisitos formales exigidos por la ley.
No existen razones reales que justifiquen el despido.
No se ha seguido el procedimiento legal (por ejemplo, no entregar carta de despido o no detallar los motivos).
La empresa no prueba la causa disciplinaria alegada.
Cuando un despido se declara improcedente, la empresa puede elegir entre:
Readmitir al trabajador, abonándole los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la readmisión.
Indemnizarle, en cuyo caso se extingue definitivamente la relación laboral.
La indemnización por despido improcedente equivale a:
33 días de salario por año trabajado (con un máximo de 24 mensualidades), para el tiempo trabajado desde el 12 de febrero de 2012.
45 días por año (con un máximo de 42 mensualidades) para el tiempo anterior a esa fecha.
El despido nulo se da cuando el motivo del despido vulnera derechos fundamentales o libertades públicas del trabajador. En otras palabras, cuando la decisión de la empresa es discriminatoria o se toma en represalia por ejercer un derecho.
Despedir a una trabajadora por estar embarazada o en situación de maternidad.
Despedir a un trabajador por solicitar una reducción de jornada para cuidar a un hijo.
Despedir por motivos de discriminación (sexo, edad, origen, orientación, etc.).
Despedir por haber reclamado derechos laborales o denunciado irregularidades.
En caso de despido nulo, no hay opción de indemnización: la empresa debe readmitir obligatoriamente al trabajador y abonarle los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la readmisión.
| Aspecto | Despido Improcedente | Despido Nulo |
|---|---|---|
| Causa | No hay causa válida o se incumple la forma legal | Vulneración de derechos fundamentales |
| Decisión del empresario | Puede elegir entre readmitir o indemnizar | Debe readmitir obligatoriamente |
| Indemnización | Sí, si opta por no readmitir | No hay indemnización (solo salarios de tramitación) |
| Salarios de tramitación | Solo si hay readmisión | Siempre |
| Efectos del despido | Extinción o continuidad según la elección de la empresa | Continuidad del contrato obligatoria |
Si crees que tu despido no es justo o sospechas que puede ser nulo, tienes 20 días hábiles desde la fecha del despido para presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social.
Es importante actuar rápido y contar con un abogado laboralista que analice tu caso y te asesore sobre la mejor estrategia.
La diferencia entre un despido improcedente y uno nulo es crucial, porque determina si puedes ser readmitido o recibir una indemnización, y bajo qué condiciones.
En CMB Abogados revisamos tu caso de forma individual y te ayudamos a reclamar tus derechos laborales con eficacia y seguridad.
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