Es modificación sustancial cambiar el centro de trabajo a 60 km? El Supremo dice que sí, si afecta gravemente al trabajador
El Tribunal Supremo ha confirmado que trasladar a una trabajadora a un centro de trabajo a 60 km puede considerarse una modificación sustancial de las condiciones de trabajo (MSCT) si el cambio supone una carga excesiva en tiempo y coste, como en este caso, donde el desplazamiento diario en transporte público requería cerca de cuatro horas.
La empresa no acreditó razones organizativas o productivas suficientes que justificaran el traslado, por lo que el juzgado de lo social y posteriormente el TSJ dieron la razón a las trabajadoras. El Supremo ha confirmado ahora esta postura.
Conclusiones clave:
Esta sentencia (STS de 12 de marzo de 2025 , ) recuerda que el poder de dirección empresarial tiene límites: no se pueden alterar unilateralmente condiciones esenciales del contrato sin causa objetiva y sin seguir el procedimiento legal.