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Es modificación sustancial cambiar el centro de trabajo a 60 km? El Supremo dice que sí

Fecha: 25-04-2025



Es modificación sustancial cambiar el centro de trabajo a 60 km? El Supremo dice que sí, si afecta gravemente al trabajador

El Tribunal Supremo ha confirmado que trasladar a una trabajadora a un centro de trabajo a 60 km puede considerarse una modificación sustancial de las condiciones de trabajo (MSCT) si el cambio supone una carga excesiva en tiempo y coste, como en este caso, donde el desplazamiento diario en transporte público requería cerca de cuatro horas.

La empresa no acreditó razones organizativas o productivas suficientes que justificaran el traslado, por lo que el juzgado de lo social y posteriormente el TSJ dieron la razón a las trabajadoras. El Supremo ha confirmado ahora esta postura.

Conclusiones clave:

  • El cambio de centro de trabajo puede ser Modificacion Sustancial del Contrato de Trabajo incluso sin cambio de residencia.
  • Si implica un perjuicio grave en la vida cotidiana del trabajador, debe justificarse adecuadamente.
  • La empresa fue condenada a reponer a las trabajadoras en su centro original y compensarlas económicamente.

Esta sentencia (STS de 12 de marzo de 2025  , ) recuerda que el poder de dirección empresarial tiene límites: no se pueden alterar unilateralmente condiciones esenciales del contrato sin causa objetiva y sin seguir el procedimiento legal.

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